Argentina autoriza que menores de 13 años operen en mercado bursátil

Los adolescentes podrán vender y comprar acciones con la supervisión de sus tutores.

La Comisión Nacional de Valores de Argentina publicó este lunes una resolución que, de manera inédita, permite que los menores de edad puedan entrar en el mercado bursátil.

«(Se) podrá abrir subcuentas comitentes a personas menores de edad a partir de los 13 años, en cuyo caso deberá solicitar al representante legal del menor de edad adolescente, con carácter de declaración jurada, los siguientes datos: nombre y apellido completo, domicilio real, nacionalidad, número de documento de identidad y correo electrónico», señala el escrito publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del presidente Javier Milei.

La resolución, que reforma 14 artículos de la Ley de Mercados de Capitales, explica que los menores podrán realizar operaciones de contado, que incluyen valores negociables de renta fija y variable; y de «caución colocadora», es decir, un modelo de inversiones de corto plazo (hasta 120 días) que permite ganancias de intereses pactadas.

«Todas las operaciones deberán ser concertadas en segmentos de negociación por interferencia de ofertas con prioridad precio tiempo», añade.

Por otra parte, las operatorias en el mercado de capitales de estas subcuentas deberá transparentar el origen de los fondos que usen los adolescentes.

Innovación

La nueva norma advierte que las instituciones involucradas en esta reforma deberán adecuar y presentar las reglamentaciones respectivas antes del 15 de noviembre de 2024, lo que implica que los menores podrán comenzar a intervenir en la Bolsa este mismo año.

De acuerdo con la exposición de motivos, la Comisión Nacional de Valores tomó esta decisión con el argumento de que «resulta fundamental impulsar el desarrollo de nuevas iniciativas orientadas a promover diferentes herramientas e instrumentos que faciliten el acceso de los jóvenes al sistema financiero; así como también, fomentar el ahorro e impulsar la educación financiera desde edades tempranas».

En virtud de ello, añade, «se propicia una reforma normativa orientada a incorporar un régimen especial para la apertura de subcuentas comitentes para jóvenes adolescentes (sic), estableciéndose el alcance de las operaciones y requerimientos que deberán acreditarse en materia de representación legal del menor para que éstos puedan operar en el Mercado de Capitales».

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