El Tribunal Supremo de Brasil otorgó este viernes una medida cautelar que suspende y limita temporalmente el acceso al aborto

Las leyes brasileñas no establecen ningún límite en la edad gestacional para la interrupción del embarazo por las tres causales permitidas.

El Tribunal Supremo de Brasil otorgó este viernes una medida cautelar que suspende temporalmente una resolución del Consejo Federal de Medicina (CFM) que limita el acceso al aborto legal después de la semana 22 de gestación, recoge Folha de São Paulo.

Según explicara el ministro Alexandre de Moraes, responsable del fallo, la decisión supone que la resolución estará sin vigor mientras se dicta sentencia definitiva sobre el asunto de fondo. Asimismo, establece que el CFM sea notificado y ofrezca respuesta en los próximos 10 días.

Además, el togado escribió que «transcurrido este plazo», se ha de «consultar al procurador general de la unión y al procurador general de la República, sucesivamente, dentro de los cinco días, para el debido pronunciamiento definitivo sobre la controversia».

Decisión acertada

La respuesta judicial obedece a una demanda interpuesta por el Partido Socialismo y Libertad (PSOL) y el Instituto de Bioética, Derechos Humanos y Género (Anis), en la que se afirma que la resolución del CFM estipula «un trato discriminatorio en el acceso a la salud» y contraviene la normativa vigente para el aborto legal en el país, al tiempo que se la tacha de inconstitucional porque entraña una «grave violación del derecho a la salud y al acceso universal e igualitario a los servicios».

Débora Diniz, fundadora de Anis, consideró que si bien se trata de una decisión preliminar, resulta acertada porque la limitación establecida por el CFM se tradujo en inestabilidad en el acceso a la interrupción legal del embarazo. «Es una resolución que obstaculiza una mejor atención sanitaria y una mejor ciencia», alegó.

Las leyes brasileñas no establecen límite en la edad gestacional para el aborto legal, que está previsto en casos de violación, riesgos para la salud de la madre y anacefalia, pero la resolución del CFM lo impuso por la vía de los hechos al prohibir la asistolia fetal. Se trata de un procedimiento médico respaldado por la Organización Mundial de la Salud, que implica la inyección de fármacos en el feto para evitar que nazca con signos vitales.

A ese respecto, Diniz llamó a recordar que la asistolia fetal es valorada por los especialistas como la ‘regla de oro’ para atender los casos de mujeres y niñas que solicitan tardíamente un aborto legal. «Los casos son muy dramáticos, de niñas en situaciones de violencia en el hogar», resaltó.

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