La ley de hace 160 años solo permite el aborto cuando es imprescindible para salvar la vida de la madre, contemplando penas de entre dos y cinco años de cárcel para quienes la infrinjan.
La Corte Suprema de Arizona ha dado luz verde este martes a la implementación de la ley de 1864 que prohíbe los abortos prácticamente en su totalidad, incluso en los casos de violación o incesto, con la única excepción de las situaciones en las que la vida de la madre corre peligro.
La legislación, que entró en vigor décadas antes de que Arizona se convirtiera en estado en 1912, no se aplicaba desde que un tribunal de la ciudad de Tucson bloqueara su uso poco después del histórico fallo Roe contra Wade de la Corte Suprema de EE.UU. en 1973, precedente que proporcionaba garantías constitucionales a las mujeres para abortar.
Con la revocación del fallo en junio de 2022, el entonces secretario de Justicia de Arizona, el republicano Mark Brnovich, solicitó el levantamiento de la orden que bloqueaba la aplicación del anticuado veto al aborto.
El fallo de este martes anula la decisión de un tribunal inferior que dictaminaba que los médicos no podían ser imputados por practicar abortos en las primeras 15 semanas de embarazo, ya que la ley de 1864 ordena procesar a «toda persona que proporcione, suministre o administre a una mujer embarazada, o que procure que dicha mujer tome cualquier medicamento, droga o sustancia, o utilice o emplee cualquier instrumento u otros medios, con la intención de provocar con ello un aborto espontáneo a esa mujer, a menos que sea necesario para salvar su vida».
«A la luz de este dictamen, ahora los médicos quedan advertidos de que todos los abortos, a excepción de los necesarios para salvar la vida de una mujer, son ilegales«, concluyó la Corte Suprema de Arizona. Si bien la ley de 1864 contempla penas de entre dos y cinco años de cárcel para los que la infrinjan, no se precisa a quiénes se aplicarían, aunque los abogados estiman que únicamente a los médicos.