El paquete de reformas anunciado por el Gobierno autoriza a las empresas a rescindir contratos por razones de etnia, nacionalidad, orientación sexual o postura ideológica, mediante el pago de una indemnización.
El polémico decreto anunciado por el presidente argentino, Javier Milei, implica una serie de reformas en materia laboral que ya han sido rechazadas por las organizaciones sindicales.
Una de ellas autoriza a las empresas a realizar despidos discriminatorios por motivos de «etnia, raza, nacionalidad, sexo, identidad de género, orientación sexual, religión, ideología u opinión política o gremial», mediante el pago de una indemnización.
Se trata del artículo 245 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744), que fue incorporado por medio del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) presentado por Milei en la noche del miércoles.
Qué dice la nueva disposición
El mencionado artículo establece un agravamiento indemnizatorio de 50 % en caso de despido motivado por un acto discriminatorio. Según la gravedad de los hechos, los jueces podrán incrementar esta indemnización hasta 100 %, siempre que quien invoque la causal pueda probar el caso en la Justicia laboral.
«El despido dispuesto, en todos los casos, producirá la extinción del vínculo laboral a todos los efectos«, dice el artículo incorporado en el decreto.
«Retroceso gravísimo»
Según Matías Cremonte, presidente de la Asociación Latinoamericana de Abogados Laboralistas (ALAL), se trata de un «retroceso gravísimo» en materia de derechos del trabajador.
En diálogo con Mundo Gremial, Cremonte explicó que la jurisprudencia argentina en esta materia, que incluye fallos de la Corte Suprema de Justicia, «había ido construyendo una doctrina según la cual, si la causa de despido demostrada en el juicio es una discriminación, el despido debe ser considerado nulo y la consecuencia de esa nulidad es que el trabajador debe volver a su lugar de trabajo, es decir, que se establece la reincorporación».
Además, remarcó que este tipo de fallo a favor del empleado despedido «se usó muchísimo en materia de discriminación por actividad sindical».
De acuerdo con el especialista, en caso de que las medidas del presidente se hagan efectivas, cuando en un juicio laboral se demuestre que hubo un despido discriminatorio, incluyendo motivaciones sindicales, «la única consecuencia será un agravamiento de la indemnización en 50 %». Esta modificación de la normativa vigente, resaltó Cremonte, «destruye toda la doctrina de nulidad de los despidos discriminatorios».
Reacción de los gremios
Este jueves, las principales centrales obreras de Argentina expresaron su rechazo al ‘megadecreto’ lanzado por Milei, y en particular a la serie de reformas que en el plano laboral atentan contra derechos de los trabajadores.
El documento firmado por el Ejecutivo incluye más de 20 modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo, que determina el régimen de contratación de empleados en el país, como base de derechos y obligaciones de las partes.
Entre otros puntos claves, extiende el período de prueba para los trabajadores de tres a ocho meses, modifica el sistema de pago indemnizatorio para reemplazarlo por un fondo de cese laboral y habilita el pago de indemnización en cuotas tras un juicio laboral, además de otros ítems que benefician al sector empleador.
La medida también limita el derecho a huelga y reduce la recaudación de fondos por parte de los sindicatos a través de las obras sociales de salud para sus afiliados.
Dirigentes de los principales gremios cuestionaron las reformas y contemplan la posibilidad de lanzar la primera huelga contra el Gobierno.