El documento consta de 366 artículos y es considerado inconstitucional por la oposición y especialistas.
Se limita el derecho a huelga. Los trabajadores serán sometidos a un mayor periodo de prueba antes de ser contratados. Se reducen las indemnizaciones por despido. Los alquileres se pactarán libremente y en dólares. Los servicios médicos privados podrán aumentar precios cuando quieran. Las empresas públicas serán privatizadas.
Estos son algunos de los aspectos más controvertidos del Decreto de Necesidad y Urgencia que el presidente de Argentina, Javier Milei, dio a conocer el miércoles en la noche, y que fue respondido con ‘cacerolazos’ en las calles solo 10 días después de haber asumido el poder.
La protesta masiva y espontánea fue el cierre de una tensa jornada, que incluyó el estreno del protocolo contra las manifestaciones callejeras y la cadena nacional en la que el mandatario anunció una catarata de reformas, que de inmediato fueron cuestionadas por su legalidad, ya que muchas de las normas deben pasar primero por el Congreso.
Uno de los apartados más controvertidos del decreto, que consta de 366 artículos, es el referido a una ambiciosa reforma laboral que cercena derechos de las y los trabajadores.
Por ejemplo, limita el derecho a huelga en actividades consideradas como «esenciales», ya que se exigirá que se garantice la prestación de por lo menos un 50 % del servicio. Esto incluye, entre otros, los sectores de salud, de farmacia, transporte y distribución de medicamentos, agua potable, gas, combustibles, energía eléctrica, telecomunicaciones, aeronáutica comercial, servicios aduaneros y educación en todos los niveles.
En el caso de actividades de «importancia trascendental”, como transporte de mercaderías, servicios de radio y televisión, siderurgia y producción de aluminio, industria química, cementera, minera, alimenticia, de materiales de la construcción, hotelera y gastronómica; puertos y aeropuertos, correos y bancos, deberán garantizar el 75 % del servicio.
A prueba
El Decreto modifica la ley para aumentar de tres a ocho meses el periodo de prueba de los trabajadores antes de ser contratados con todas las prestaciones de ley, lo que beneficia al empleador que durante ese lapso no tiene que cubrir los derechos laborales y que, incluso, puede cesar la relación sin ningún tipo de indemnización.
En ese sentido, también se elimina el derecho a la doble indemnización, que rige actualmente incluso en relaciones laborales no registradas o efectuadas de manera deficiente, lo que favorece la contratación precaria o ilegal.
Por otra parte, la reforma laboral crea un fondo indemnizatorio con la remuneración del asalariado, que no podría ser superior al 8,0 % de sus percepciones. Para ello, el empleador podrá contratar «un sistema privado de capitalización», lo que en los hechos implica la privatización de «las desvinculaciones por mutuo acuerdo», en un esquema que reduce el monto de las indemnizaciones.
En el caso de los alquileres, Milei deroga la ley que se aprobó este año y habilita a que los precios se pacten libremente entre el propietario y el inquilino y, si así lo desean, en moneda extranjera.
Así, legaliza la dolarización de los contratos que actualmente se da en los hechos, aunque de manera ilegal, y que afecta a los inquilinos que ganan en pesos en una Argentina que acaba de sufrir una devaluación del 54 %.
La norma, que genera una fuerte resistencia debido a la grave crisis habitacional que existe en el país sudamericano, significa un retroceso, ya que retoma el Código Civil y Comercial de 2015, que establece que los contratos tendrán una duración de dos años, con actualizaciones semestrales previamente pactadas entre el inquilino y el propietario.
Otro beneficio para los propietarios, y que alienta la evasión fiscal, es que ya no tendrán que inscribir los contratos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Implica una total desregulación del mercado inmobiliario, en la que el principal afectado es el inquilino.
Cambios
La posibilidad de firmar contratos en «cualquier moneda extranjera» abarca no solo los alquileres, sino todo tipo de contrato, lo que allana el camino para la dolarización de la economía que Milei prometió durante su campaña.
«La obligación es de dar dinero si el deudor debe cierta cantidad de moneda, determinada o determinable, al momento de constitución de la obligación, sea o no de curso legal en el país. El deudor solo se libera si entrega las cantidades comprometidas en la moneda pactada. Los jueces no pueden modificar la forma de pago o la moneda pactada por las partes», establece uno de los artículos.
La desregulación impacta en los servicios de salud, ya que permite que las empresas privadas conocidas como «prepagas» incrementen las cuotas mensuales libremente y sin control alguno del Estado, como sí ocurría hasta ahora.
El Decreto también confirma el cambio de estatus legal de las empresas públicas, que ahora pasarán a ser Sociedades Anónimas que podrán ser privatizadas, lo que fue otra de las promesas de campaña del presidente.
La medida afecta a las compañías que administran los trenes, los medios públicos (Radio Nacional, Televisión Pública y Agencia Télam), la Empresa Argentina de Soluciones Satelitales (Arsat) y a la petrolera estatal Yacimientos Petrolíferos Fiscales (YPF), entre otras.