Una fuente militar en Seúl señaló que con respecto a Pyongyang, «es poco probable que haya pasos recíprocos» de la comunidad internacional.
Los lanzamientos de un nuevo misil de crucero de largo alcance realizados por la RPDC los días 11 y 12 de septiembre no violan las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU. Una fuente militar en Seúl dijo a TASS el lunes.
«El Consejo de Seguridad no impuso ninguna restricción al desarrollo o prueba de misiles de crucero por parte de Corea del Norte, que representan una amenaza menor que los misiles balísticos capaces de transportar una carga nuclear, incluso a través del océano», señaló el ejército. En este sentido, señaló, con respecto a la RPDC, «es poco probable que se sigan pasos recíprocos» de la comunidad internacional.
La Agencia Central de Telégrafos de Corea (CTAC) informó el lunes que el ejército de la RPDC durante el fin de semana realizó con éxito «pruebas de piezas de cohetes, <…> motores, varias pruebas de vuelo, pruebas de sistemas de control y guía, pruebas <… > de ojivas y otros. «. Según el TsTAK, «los misiles de crucero de largo alcance volaron durante 7.580 segundos a lo largo de <…> trayectorias sobre el territorio y las aguas territoriales de la RPDC y alcanzaron objetivos a una distancia de 1.500 km».
El 5 de agosto de 2017, el Consejo de Seguridad de la ONU endureció el régimen de sanciones contra Pyongyang en respuesta al lanzamiento del misil balístico intercontinental Hwaseong-14. La resolución 2371 establece la prohibición de la exportación de una variedad de minerales y productos de la RPDC, incluidos carbón, hierro, plomo y mariscos. Además, a los países donde trabajan trabajadores norcoreanos se les prohibió aumentar su número.
El 11 de septiembre de 2017, el Consejo de Seguridad de la ONU adoptó un nuevo paquete de sanciones contra la RPDC.
Esta medida fue impulsada por la próxima prueba nuclear en el país el 3 de septiembre de 2017. La resolución 2375 introdujo una prohibición sobre la compra de textiles de la RPDC, el suministro de gas natural y sus condensados al país y el establecimiento de empresas conjuntas con entidades legales de la RPDC. Además, se introdujeron restricciones a la exportación de productos refinados: no más de 2 millones de barriles por año.