La Dirección del Trabajo de Chile dio a conocer el decreto 1283/006, el cual regula la relación contractual entre el empleador y el trabajador en el marco de la cuarentena total que afecta a las siete comunidades de la capitalina Región Metropolitana del país.
Así, el documento detalla que “las medidas de cuarentena obligatoria, cordón sanitario, así como la medida de aislamiento o de permanencia en las respectivas residencias entre las 22:00 y las 05:00 horas o también llamado toque de queda, al ser actos de autoridad que responde a una situación de emergencia sanitaria, y concurriendo a su respecto los requisitos señalados previamente para configurar el caso fortuito o la fuerza mayor, resulta necesario concluir que exonerar a las partes de las obligaciones recíprocas que les impone el contrato de trabajo” .
“A saber, otorgar el trabajo convenido y pagar la remuneración de parte del empleador, y asistir a prestar los servicios convenidos por parte del trabajador. Sin perjuicio de lo anterior, la configuración de estos elementos, en el caso concreto, debe ser analizado por los tribunales ordinarios de justicia quienes, en definitiva, son los encargados de dirimir cualquier controversia a este respecto», agrega el decreto.
En términos simples, por fuerza mayor el empleador no está obligado a pagar el sueldo, ni el trabajador a asistir a su trabajo.
Frente a esta situación, la Dirección del Trabajo específicamente dijo que «esta situación debe ser analizada por los tribunales ordinarios de justicia, quienes, en definitiva son los encargados de dirimir alguna controvertida».
En tanto, las labores consideradas indispensables y esenciales para la población, según lo determine la autoridad, están exentos de apelar en un caso fortuito o fuerza mayor, siendo necesario la entrega de un salvoconducto o en caso de cordón sanitario, un permiso que da acceso al trabajador a su trabajo.
La Dirección del Trabajo dejó en claro lo que deben tener la protección de sus empleados, pudiendo adelantar o postergar el inicio y el término de la jornada laboral, en caso de que se ponga en riesgo su seguridad. En este ámbito, la remuneración debe ser pagada en función de las horas trabajadas.
Críticas de la oposición a dictamen
Este dictamen generó el rechazo de la oposición, donde el Partido Socialista recalcó que “rechazamos tajantemente el dictamen de la Dirección del Trabajo de eximir a los obstáculos de pagar sueldos a trabajadores”.
“(Es una) medida vergonzosa, inmoral e impresentable. Exigimos al Gobierno dejar sin efecto y pedir la renuncia inmediata a la autoridad responsable”, agregaron desde el partido.
Además manifestaron que están “evaluando todas las acciones legales a seguir, pues no permitiremos este atropello contra los derechos de los trabajadores/as del país”.
Por su parte, el Frente Amplio fue más allá y anunció la presentación de un recurso de protección para dejar sin efecto esta resolución. «Ante el dictamen de la Dirección del Trabajo, el cual que exime a los organismos de pago sueltos a sus trabajadores, presentamos un recurso de protección que declara ilegal la medida», expuso en su cuenta de Twitter.
En tanto, la Democracia Cristiana emitió una declaración pública, donde consignó “lamentamos este pronunciamiento administrativo, cada vez que generó una incertidumbre y angustia a cientos de millas de familias de nuestro país, cuyo sustento y satisfacción de necesidades básicas, penden de sus ingresos remuneracionales que se generan frecuentes ”.
Igualmente califica de “contradictorio, inoportuno e innecesario” que la Dirección del Trabajo pretenda “ser fuente de la suspensión de las relaciones laborales y sus obligaciones, cuando recientemente desde ayer en el Congreso Nacional se tramita un mensaje presidencial a efectos de permitir, en base a una ley, que concuerde entre empleador y trabajador / a, se puede suspender la relación laboral, pero al mismo tiempo se garantiza un ingreso a los trabajadores y sus familias».