En Chile los verdugos de “verde” pagarán: Tres ex carabineros fueron condenados por el secuestro calificado de tres ejecutados políticos durante la dictadura

Tenencia de Carabineros de Chile en Curacaví donde estuvieron detenidos los presos políticos antes de ser ejecutados en 1973

El dictamen, hecho por la ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, en la ciudad de Santiago de Chile, Marianela Cifuentes Alarcón, definió además el pago de $1.010 millones de pesos a los familiares de las víctimas.

Sobre esto informa el medio local “   El Desconcierto”.

Jorge Gómez Retamales, Gastón Manzo Santibáñez y Enrique Venegas Santibáñez fueron secuestrados en la ciudad de Curacaví, zona central de Chile, el 12 de septiembre de 1973, un día después de ocurrido el Golpe de Estado. Quienes llevaron a cabo el secuestro fueron los entonces teniente Gerardo Aravena Longa, el suboficial Ciro González Hernández y el sargento primero Arnoldo Valdebenito Sanhueza. Todos funcionarios en retiro de Carabineros (policía militarizada chilena).

Así lo determinó la ministra en visita extraordinaria para causas por violaciones a los Derechos Humanos de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, quien condenó a cada uno de los ex carabineros a penas de 15 años y un día de presidio, por su calidad de autores del delito de secuestro calificado.

Además, en el ámbito civil de la causa, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de $1.010 millones en total, a los familiares de las víctimas.

De acuerdo a lo que pudo reconstruir la ministra Cifuentes, los afectados fueron detenidos, sin derecho alguno, en sus domicilios o inmediaciones de estos, por funcionarios que dependían de la tenencia de Carabineros de Curacaví, la que en esa época estaba a cargo de Aravena Longa. Luego, fueron trasladados a la misma tenencia local hasta el 16 de septiembre. Durante esos días fueron sometidos a interrogatorios y malos tratos.

Finalmente, el fallo señala que “el día 16 de septiembre de 1973, en la madrugada, una patrulla al mando del teniente Gerardo Alejandro Aravena Longa e integrada, además, por el sargento 2° Benjamín Seguel Ortiz-actualmente fallecido-, los carabineros Ciro del Carmen González Hernández, Manuel Arturo Lepe Barraza-actualmente fallecido-y Arnoldo Alfredo Valdebenito Sanhueza y por funcionarios del Ejército de Chile, trasladó a un grupo de detenidos desde la mencionada unidad policial hasta la cuesta Barriga (uno de los tantos sitios para las ejecuciones extrajudiciales de los aparatos represivos de la dictadura de Pinochet), lugar en que los obligó a descender del vehículo que los transportaba y, acto seguido, tras ubicarlos en fila y situarse frente a ellos, dispararon en su contra, abandonando los cuerpos en el lugar”.

Ese mismo día 16 de septiembre de 1973, en el sector sur de la capital chilena fue encontrado el cuerpo sin vida de Víctor Jara que fue asesinado por los militares de la dictadura de Pinochet en el ex Estadio Chile que hoy lleva su nombre.